Los aspectos que, con carácter general, deben aparecer en el contrato de trabajo son:
- La identidad de las partes que firman el contrato.
- La fecha de comienzo de la relación laboral y, en caso de un contrato temporal, la duración previsible del mismo.
- El domicilio de la empresa o el centro de trabajo donde el trabajador prestará sus servicios.
- La categoría profesional del puesto que va a desempeñar el trabajador o la descripción resumida del mismo.
- El salario base inicial y sus complementos, así como la periodicidad con que se efectuará el pago.
- La duración y distribución de la jornada de trabajo.
- La duración de las vacaciones y de las formas de atribución de estas cuando proceda, (por ej.: cuando unos días se toman en un mes determinado).
- Los plazos de preaviso en el supuesto de extinción del contrato o, las modalidades de determinación de dichos plazos de preaviso.
- El convenio colectivo aplicable en cada caso.
- Cuando la relación laboral se extinguiera antes del transcurso de los plazos indicados, el empresario deberá facilitar la información antes de la extinción del contrato de trabajo.

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